Durante el primer semestre del 2014, las compañías nacionales y extranjeras que realizan ventas a crédito en Ecuador deberán respetar las tarifas máximas establecidas por la Superintendencia de Compañías conforme a la resolución publicada el 15 de enero en el Registro Oficial.
Esta resolución debe ser acatada conforme lo estipula el reglamento para el control de las ventas a crédito y de la emisión de tarjetas de circulación restringida, que en su artículo 3 establece que «los servicios que pueden cobrar las compañías sujetas a control de la Superintedencia de Compañías y que dentro del giro ordinario de sus negocios realicen ventas a crédito, las tarifas máximas por dichos servicios, serán fijadas semestralmente por esta Superintendencia».
Las tarifas establecidas para este primer semestre son:
1. Corte impreso del estado de crédito
$ 1 por página
2. Interés de financiamiento interés de mora
Tasa máxima fijada por el Banco Central para el segmento de consumo
3. Costo por copia de recibo de pago
$ 0,10 por página
4. Certificado por escrito de crédito al día
$ 1,50
5. Referencias como deudor o tarjeta habiente
$ 2
6. Cheques devueltos y protestados
Costo fijado por la entidad bancaria a la compañía